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Gipuzkoa


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Sello, escudo y bandera

El escudo de Gipuzkoa, origen y evolución

El escudo de Gipuzkoa surge sobre su primitivo sello (emblema sigilar), con la consolidación de la Escribanía Fiel y de la propia Hermandad guipuzcoana, entre 1463 y 1466, remontándose la mención más antigua del sello provincial a 1466 y su representación gráfica más antigua a 1482.

 

Se basaba en la representación "que contenía en la targeta superior la persona de un Rey sentado con vestiduras reales, y corona en la cabeza en una silla con su espada desnuda, levantada la punta en la mano diestra, y en la targeta inferior tres árboles verdes tejos plantados á orillas del mar, todo en campo colorado", siendo descrito por la heráldica moderna como divido en dos cuarteles partidos en faja, en cuyo cuartel superior se veía a un Rey sentado en su trono, con la espada levantada en la mano derecha, y en el inferior, sobre ondas de mar, tres árboles que han sido siempre considerados como tejos.

 

Primitivo escudo de Gipuzkoa, 1482

El sello en sí iba circundado por una leyenda con el título de "Noble y Leal Provincia de Guipúzcoa" (en su expresión latina NOBILIS AC FIDELIS PROVINCIAE GUIPUZCOAE) que le fuera concedida como título a Gipuzkoa por Enrique IV en Segovia el 16-II-1466.

 

 

Primeras modificaciones

Los graves acontecimientos bélicos ocurridos a comienzos del s.XVI en el Reino de Navarra y, en especial, la entrega y valor de los guipuzcoanos al servicio del Rey de Castilla en el enfrentamiento con el ejército francés, aliado del Rey navarro, en Belate y Elizondo, y la toma de su poderosa artillería, dio lugar a la primera gran modificación del sello y escudo de Gipuzkoa pues, para "perpetua memoria" de los citados hechos y futura "voluntad de goardar y acrescentar su honrra en los fechos de armas que se recrescieren", la Reina Dª Juana dió "por armas a la dicha Provinçia las dichas doce piezas de artillería", compartiendo en adelante los 12 cañones el cuartel superior con la figura del Rey, por privilegio concedido en Medina del Campo el 28-II-1513 y acuerdo de la Junta General de Motrico de 23 de Noviembre del mismo año. Y fue entonces cuando debió introducirse la figura del escudo y el campo en oro del cuartel superior izquierdo.

 

Escudo con inclusión de cañones. 1513

Confirmación de los Fueros. 1760

 

Poco después, Carlos I (Toledo, 23-VI-1525) y para evitar diferencias con San Sebastián (a la cual le fue concedida el título de "Noble y Leal", como tenía la Provincia), concedió a Gipuzkoa el nuevo título de "Muy Noble y Muy Leal" que en adelante acompañará al nombre "de Guipúzcoa" en todos los documentos públicos, sellos y escudos de la Provincia en su expresión latina NOBILISSIMAE AC FIDELISSIMAE PROVINCIAE GVYPVSCOAE.

 

La corona real, por su parte, se introdujo en el primer armarria esculpido en el techo del Archivo de Gipuzkoa, sito en la iglesia de Santa María de Tolosa, por el escultor Gerónimo de Larrea y Goizueta, en 1599, al querer Tolosa poner sus armas en el escudo de la Provincia

 

 

Sin más alteraciones formales se mantuvo el escudo de Gipuzkoa en este estado hasta 1896 (una vez erigido el Palacio de la Diputación tras el establecimiento definitivo de la capital guipuzcoana en San Sebastián en 1876).

 

Fue entonces cuendo el Rey de Armas D. José de RUJULA ESCOBAL MARTIN CRESPO Y PESSAC ofreció una certificación de su escudo de armas y lo remitió desde Madrid el 20-I-1896, con importantes consecuencias futuras para nuestro escudo, pues aunque mantiene las armas propias de Gipuzkoa, discrepa, sin embargo, de la tradición heráldica guipuzcoana al cambiar el campo oro del cuartel de los cañones en gules (rojo) y el gules del campo inferior en oro, y al insertar nuestro escudo (en cuanto a los adornos exteriores) en la moda y uso de la época.

 

 

Últimas modificaciones

Durante la II República se promulgó el Estatuto de Autonomía del País Vasco. En ese ambiente de cambio para el País la Asamblea de Ayuntamientos guipuzcoanos reunida en Azpeitia el 11-VI-1931, así como la Asamblea de Ayuntamientos Vascos reunida en Estella-Lizarra poco después (el 14-VI-1931), propusieron solicitar a la Diputación de Gipuzkoa la modificación de su escudo, suprimiendo la figura del Rey (representación de la Monarquía) y los cañones (que recordaban del enfrentamiento con Navarra). Por Decreto acordado por la Presidencia del Gobierno Provisional de Euskadi, publicado en el Diario Oficial del País Vasco de 21-X-1936, asumiendo "entre sus funciones la de dotar a la entidad pública a quien representa de los distintivos y emblemas que haya de utilizar el País Vasco en su vida oficial", y previéndose en el Estatuto la incorporación al territorio de Euskadi (integrado por Araba, Gipuzkoa y Bizkaia) del territorio de Nafarroa, se eliminaron del escudo de Gipuzkoa "los atributos que significaban poderes monárquicos o señoriales, o simbolizaban luchas fratricidas de las tierras vascas". Se aunaban así los escudos de los 4 territorios en un sólo blasón de cuatro cuarteles cercado por una corona de hojas de roble, recuerdo del árbol de las libertades vascas de Gernika.

 

Esta modificación del escudo de Gipuzkoa, aunque asumida por el Gobierno Vasco en el exilio, no se aplicó, sin embargo, por la Provincia, que siguió usando de su escudo tradicional.

 

El tema se volvió a retomar al finalizar la Dictadura del General Franco, tras la instauración del Régimen Democrático, en el Plenario de la Diputación de Gipuzkoa de 21-VII-1976, solicitándose dictamen al respecto de la Comisión de Cultura de la misma Corporación el 29-X-1977.

 

Tras la aprobación de la Constitución de 1978, y antes de que el Estatuto de Autonomía del País Vasco (25-X-1979) reconociese en su Art. 5.2. "Las banderas y enseñas propias de los Territorios Históricos que integran la Comunidad Autónoma", se planteó nuevamente el asunto por Euskadiko Ezkerra en la Junta General de Mondragón de 22-IV-1979, deseando reanudar la "Tradizio" interrumpida por la llamada Ley Abolitoria de 21-VII-1876, eliminando los cañones y adoptando "el escudo acordado por el Gobierno Vasco nacido del Estatuto de 1936".

 

Aplazada la decisión, el 2-VII-1979 las siguientes Juntas Generales celebradas en Oyarzun acordaron, a propuesta de Euskadiko Ezkerra, "la sustitución del escudo actual que ha estado en vigor hasta ahora durante los últimos cuarenta años por el que lo estuvo durante el Gobierno Vasco en 1936-37". Y en su ejecución, el Pleno de la Diputación Foral de Gipuzkoa de 25-IV-1983, previo dictamen emitido por su Comisión de Gobierno, acordó proceder a la modificación de su escudo, incorporar al expediente la descripción heráldica resultante de la modificación y el nuevo diseño del mismo, y dictar las normas adecuadas para la sustitución del escudo y las Disposiciones Transitorias pertinentes siguiendo, con carácter orientador, criterios analógicos con los de la ley 33/81 de 5 de Octubre y Real decreto 2964/81 de 18 de Diciembre, sometiendo, una vez ultimado el expediente, a través de las Juntas Generales, al Gobierno Vasco.

 

Poco después, el Consejo de Diputados de 11-VI-1985 propuso, y la Comisión Permanente de las Juntas guipuzcoanas de 14-X-1985 adoptó, el acuerdo tomado sobre las normas a seguir para la sustitución del escudo de Gipuzkoa, una vez modificado, con carácter oficial para los distintos usos, y someter el expediente, a través de las Juntas Generales de Gipuzkoa, a resolución del Gobierno Vasco. La forma definitiva del Escudo provincial a adoptar se describía de la siguiente manera:

 

"Escudo de un solo cuartel que tiene sobre campos de oro tres árboles tejos verdes, uno en medio y los dos a los lados en igual proporción, y al pie de estos árboles ondas de agua de plata y azul, y abrazado este escudo con dos salvajes [tenantes] que le apoyan y tienen uno por cada lado, y debajo la Leyenda "FIDELISSIMA BARDULIA NUNQUAM SUPERATA"

 

 

Finalmente, el Boletín Oficial de Guipúzcoa de 10-IV-1990 publicó la Norma Foral 6/1990 de 27 de Marzo "sobre Signos de Identidad del Territorio Histórico de Guipúzcoa", en cuyo Título III "Del Escudo" recogió y plasmó gráficamente la descripción anterior, y autorizaba al Consejo de Diputados para que, mediante Decreto Foral, pudiese aprobar un logotipo de reproducción simplificada del escudo para su utilización en la publicidad, oficial o no, carteles y paneles informativos, vehículos y otras aplicaciones, y en los documentos, impresos, membretes y sellos.

 

 

Por Mª Rosa Ayerbe Iribar
Premio Nacional de Heráldica

 

 

La bandera

Actuaciones posteriores practicadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa llevaron a dotar del máximo nivel normativo al contenido del expresado acuerdo de las Juntas, así como a completarlo regulando en diversos aspectos la utilización del escudo de Gipuzkoa. En otro orden de este ámbito de actuación de los signos de identidad de Gipuzkoa se dio rango normativo a la tradicional bandera.

 

La NORMA FORAL 6/1990, de 27 de marzo, sobre Signos de Identidad del Territorio Histórico de Gipuzkoa (B.O.G. nº 70; 10-4; Pág. 2181).

 

TÍTULO II

DE LA BANDERA

Artículo Segundo.

  1. 1. La bandera de Gipuzkoa es la tradicional de color blanco, figurando en el centro de la misma el escudo del Territorio Histórico, en la forma que dispone el Artículo Quinto 1 de esta Norma Foral.
  2. 2. Las proporciones de la bandera serán las de una longitud equivalente a tres medios de su anchura.

Artículo Tercero.

La bandera de Gipuzkoa se utilizará en los términos previstos en la legislación vigente.

 

 


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