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2 Subvenciones a las entidades ciudadanas del territorio para el fomento de la participación ciudadana

Plazo de solicitud: Fuera de plazo . Año :2016 | Participación Ciudadana

Descripcion y conceptos subvencionables

Es objeto de la presente convocatoria iniciar el procedimiento de concesión de subvenciones a las entidades ciudadanas de Gipuzkoa en materia de fomento de la participación ciudadana.
En concreto, la finalidad de estas subvenciones es impulsar el desarrollo de experiencias de democracia participativa que busquen, mediante la implicación activa de la ciudadanía, el empoderamiento de la misma para el logro de una mayor participación política y mejora de su calidad de vida. Asimismo, mediante el desarrollo de las experiencias se quiere lograr que las entidades ciudadanas refuercen su capacidad de impulsar procesos participativos con la ciudadanía.
Los procesos deben ir dirigidos a promover la participación ciudadana. La financiación de la Diputación Foral de Gipuzkoa se dirigirá a apoyar el proceso participativo y no la actividad ordinaria de la organización.

Entidades beneficiarias

A esta convocatoria pueden presentarse todas las entidades ciudadanas, tanto individualmente como en agrupación, y podrán presentar únicamente una propuesta.
Para ser beneficiaria de las subvenciones, las entidades ciudadanas solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Foral de Entidades Ciudadanas para la Participación. Si la entidad ciudadana se encontrase pendiente de la inscripción en el referido registro, deberá aportar información sobre la solicitud ya cursada para que desde la Administración Foral pueda confirmarse esta circunstancia.
Inscripción en el Registro Foral de Entidades Ciudadanas para la Participación.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.

Criterios de valoración

a) Estrategia metodológica planteada en el diseño e implementación de la experiencia: hasta 30 puntos.
b) Aplicación de  prácticas participativas que favorezcan el civismo y el diálogo y entendimiento entre la ciudadanía: hasta 15 puntos.
c) Impulso de  la formación, el  aprendizaje y la capacidad de la ciudadanía en relación con la participación ciudadana: hasta 15  puntos.
d) Promoción del trabajo en red a todos los niveles y la corresponsabilización de todas las personas y colectivos implicados: hasta 15 puntos.
e) Comunicación del proceso: hasta 10 puntos.
f) Promoción de la utilización del euskera: hasta 6 puntos.
g) Promoción de la igualdad entre hombres y mujeres: hasta 9 puntos.

Presupuesto

Para hacer frente a la convocatoria de 2016, se asigna un presupuesto de 50.000 euros repartidos del siguiente modo: 25.000 euros para pagar el anticipo en 2016 y 25.000 euros para pagar el resto a la finalización antes del 30 de julio de 2017.

Cuantía de las subvenciones

El importe subvencionable y la subvención se fijarán con arreglo a la documentación aportada por la entidad solicitante, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y los criterios de valoración definidos en estas bases.
La subvención no superará el 80 % del coste total del proceso.
Cada entidad ciudadana podrá recibir un máximo de 4.000 euros en concepto de subvención.

Plazos a cumplir

- Presentación de solicitudes: hasta el 31 de mayo de 2016.
- Plazo de resolución: hasta el 31 de julio de 2016.
- Plazo ejecución de los proyectos: desde el 1 de enero de 2016 hasta el 30 de junio de 2017.
- Informe de avance: hasta el 30 de noviembre de 2016.
- Justificación de los proyectos: hasta el 30 de junio de 2017.

Documentacion a presentar

Las solicitudes se deberán realizar a través de la sede electrónica (https://www.gfaegoitza.eus/es/html/index.shtml). Para formalizar la solicitud, deberán cumplimentarse todos los formularios que figuran en la sede electrónica del apartado correspondiente a esta convocatoria de subvenciones, y que se refieren a los siguientes extremos, adjuntando, en su caso, los documentos que procedan:
a) Documento acreditativo de la personalidad (DNI, escrituras de constitución inscritas en el registro correspondiente, certificado emitido por el registro correspondiente, etc.).
b) Código de Identificación Fiscal.
c) Documentación acreditativa de la representación de la persona que suscriba la solicitud.
d) Memoria del proceso de participación ciudadana.
e) Presupuesto detallado del proceso, con el desglose detallado de los gastos subvencionables.
f) Declaración de las subvenciones, ingresos o recursos que la entidad solicitante hubiese solicitado u obtenido para la misma finalidad, procedente de cualquier administración o ente público o privado, estatal o internacional. En caso de no contar con otra financiación, declaración negativa.
g) Declaración responsable, que se incluye en la solicitud electrónica, de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
h) Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. A este respecto, se podrá suscribir una declaración en la que se manifieste el consentimiento expreso a que las entidades que deben expedir tales certificados cedan directamente los datos que deban figurar en los mismos a la Secretaría del Departamento de Gobernanza y Comunicación.
i) Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a su nombre.
Plazo de presentación: finaliza el 31 de mayo de 2016.

Acceso a los documentos y/o modelos

Efectos del Silencio Administrativo

Negativo.

Informacion complementaria

La Dirección Foral de Participación Ciudadana podrá solicitar cuanta información adicional entienda necesaria para la correcta evaluación y resolución de los proyectos que se presenten.
En caso de recibir la subvención se deberá justificar el 100% del presupuesto computable que se indicará en el decreto de concesión.

Compatibilidad de las subvenciones

Las subvenciones reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que no se rebase el costo de la actuación subvencionada, sin perjuicio de lo que al respecto pudiera establecer la normativa reguladora de las otras subvenciones recibidas.

Normativa aplicable

Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral de 12 de abril de 2016. (BOG nº 71 de 18 de abril de 2016).

Más información

Dirección Foral de Participación Ciudadana
Plaza de Gipuzkoa, s/n.
20004 San Sebastián
herritarrekin@gipuzkoa.eus - 943 11 23 52

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Herritarren Partaidetzarako Zuzendaritza
943112352
partaidetza@gipuzkoa.eus

Consultas, quejas y sugerencias

Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.

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