Programa para el fomento del sector artesanal
Plazo de solicitud:
Fuera de plazo
. Año
:2012 |
Innovación, Desarrollo Rural y Turismo
Descripción y conceptos subvencionables
Tendrá la consideración de artesanía toda actividad de creación, producción, transformación, reparación y restauración de bienes o prestación de servicios, realizada mediante un proceso intervenido por personal, supervisando y controlando la totalidad del proceso de producción, del que se obtiene un resultado final de factura individualizada y distinta de la industrial.El otorgamiento de ayudas al programa se realizará anualmente mediante convocatoria pública. Y se concederán las siguientes ayudas:
- Talleres artesanales y empresas artesanas:
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Inversiones en maquinaria, utillaje y equipamiento informático así como los gastos de lanzamiento de la nueva actividad que realicen los talleres y empresas artesanales de nueva creación.
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Inversiones en maquinaria, utillaje y equipamiento informático así como elaboración de páginas webs para empresas artesanales existentes.
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Ayudas a personas y talleres artesanales inscritos en la Sección 1ª del Registro General de la Artesanía Tradicional y Popular de Gipuzkoa para su participación en Ferias artesanales.
- Organizaciones representativas del sector artesanal
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Proyectos específicamente dirigidos a incrementar la profesionalización, el prestigio y la valoración social del sector así como la mejora en áreas de gestión, comercialización o innovación acometidos por organizaciones representativas del sector artesanal
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Organización de ferias o certámenes artesanales realizados por asociaciones u organizaciones representativas del sector artesanal
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Iniciativas destinadas a la preservación de actividades artesanales en peligro de extinción a través de soportes digitales y audiovisuales basados en fundamentos pedagógicos que permitieran su posible recuperación
Plazos a cumplir
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PRESENTACIÓN de las SOLICITUDES FIRMADAS: hasta el 24 de julio de 2012.
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INICIO de PROYECTOS: desde el 1 de Enero de 2012.
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FINAL de PROYECTOS: 30 de marzo de 2013.
Entidades beneficiarias
Personas dedicadas a la artesanía, talleres artesanales y empresas artesanas, y sus organizaciones representativas, que tengan su domicilio social y fiscal en el territorio de Gipuzkoa.
Cuantía de las ayudas
Cuantías máximas de subvención a aplicar en cada proyecto:
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Apoyo a la creación de nuevos talleres y empresas artesanales: Hasta un 70% de los costes elegibles, no pudiendo superar los 6.000 euros por empleo creado, con un máximo de 16.000 euros por nueva empresa.
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Apoyo a la inversión en maquinaria, utillaje, equipamiento informático así como elaboración de páginas Web, hasta un 50% del coste total subvencionable, con un máximo de 5.000 euros por taller artesanal, sin que la subvención en concepto de página Web supere los 1.000 €.
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Asistencia a ferias tanto fuera como en el propio Territorio Histórico de Gipuzkoa. En el caso de asistencia a ferias fuera del Territorio de Gipuzkoa la ayuda alcanzará el 60% del coste total subvencionable con un límite de 2.000 € por feria. Solamente se considerará como coste subvencionable la factura correspondiente al alquiler del suelo y stand emitido por la entidad organizadora de la misma. En el caso de ferias artesanales en Gipuzkoa se financiará hasta el 80% de inscripción en la feria hasta un máximo de 1.700 euros.
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Proyectos específicamente dirigidos a incrementar la profesionalización, el prestigio y la valoración social del sector así como la mejora en áreas de gestión, comercialización o innovación acometidos por organizaciones representativas del sector: Hasta el 80%, con un máximo de 15.000 euros por proyecto y de 35.000.- € por entidad.
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En el caso de organización de ferias o certámenes artesanales: Hasta un 50% de los costes subvencionables, con un máximo de 11.000 euros por feria. La organización de ferias por parte de organizaciones representativas de ámbito comarcal se subvencionará con un máximo de 6.000 euros por feria.
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Iniciativas destinadas a la preservación, basada en soportes digitales y audiovisuales y fundamentos pedagógicos, para su posible recuperación, de actividades artesanas referenciales par Gipuzkoa, en peligro de desaparición: Hasta el 100% con un máximo de 40.000,00 €.
No se considerarán gastos subvencionables los gastos correspondientes a maquinaria, utillaje y equipamiento informático cuyo coste unitario sea inferior a 100 euros
Procedimiento de concesión
El procedimiento de concesión de la subvención será el de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.
Compatibilidad o Incompatibilidad subvenciones
Las subvenciones reguladas en las presentes bases serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 24 de julio de 2012
Plazo de Resolución
El plazo máximo para notificar la resolución será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de publicación de la convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimada la solicitud por silencio administrativo.
Plazo ejecución del proyecto
Hasta el 30 de marzo de 2013
Normativa aplicable
Bases reguladoras y convocatoria 2012
Acceso Internet
www.gipuzkoa.net/subvenciones
Para cualquier duda o aclaración contactar con:
Servicio de PROMOCIÓN DEL CONOCIMIENTO Y DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Marisa Gabilondo/ Rosa Fernández
943 112287/ 943 112218
mgabilondo@gipuzkoa.net / rosafernandez@gipuzkoa.net