Saltar al contenido principal de esta página

Ayudas de navegación:

Portal de ayudas, becas y subvenciones de la Diputación Foral de Gipuzkoa
Sede electrónica
Versión para impresión de la cabecera de la web

Usted está en: Inicio > Búsqueda > Gipuzkoa IKT: Innovación Digital-Empresas 2014

Gipuzkoa IKT: Innovación Digital-Empresas 2014

Plazo de solicitud: Fuera de plazo . Año :2014 | Promoción Económica

Objeto de las subvenciones

Las subvenciones a las que se refieren las presentes bases tienen por objeto impulsar procesos de innovación en el sector guipuzcoano de las Tecnologías de la Información y Comunicación.

Presupuesto

La convocatoria de 2014 cuenta con un presupuesto de 550.000 €.

Entidades beneficiarias

• Pymes pertenecientes al sector de las tecnologías de la información y comunicación que impulsen proyectos de innovación destinados a mejorar sus productos o procesos, de mejora organizacional o de ampliación de mercados.
Se considerarán empresas del sector TIC aquellas cuya actividad consista en programación informática, telecomunicaciones, proceso de datos y hosting.
• Las empresas deberán tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
En el caso de las comunidades de bienes o cualquier tipo de entidad de base patrimonial carente de personalidad jurídica, deberá contar con una administración común estable y poder llevar a cabo el proyecto o actividad subvencionable.

Requisitos

• En el caso de desarrollo de aplicaciones informáticas, desarrollos Web y similares, deberán realizarse,al menos, en euskera.

• En cuanto a las medidas de difusión a adoptar, toda la información, publicidad y propaganda relativas a la actividad subvencionada deberán realizarse de modo que el uso del euskera quede garantizado y, además, deberán hacerse constar la colaboración de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Conceptos subvencionables

• Se considerarán subvencionables los proyectos de I+D+I cuyos conceptos de gasto estén incluidos en el Subgrupo 20 del Plan General de Contabilidad (aprobado por el Real Decreto 1514/2007), con excepción de la cuenta 209 (anticipos para inmovilizaciones intangibles), que tengan por objeto el desarrollo de soluciones informáticas innovadoras o la adaptación de las ya existentes a nuevas plataformas tecnológicas o nuevos mercados. Los proyectos deben tener una clara orientación hacia el mercado y ser susceptibles de inducir cambios positivos en la situación competitiva de la empresa.
• Quedan excluídos de los gastos subvencionables las inversiones en equipamientos informáticos (servidores y equipos informáticos).
Los proyectos deberán haberse iniciado a partir de la fecha de 1 de enero de 2014 y a la fecha de su total justificación deberán encontrarse en una fase avanzada de desarrollo, verificable, que les permita ser comercializados en un corto plazo de tiempo.
• No tendrá la consideración de gasto elegible el Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido en factura.
• El Departamento de Innovación, Desarrollo Rural y Turismo analizará el coste de los proyectos, a partir de la información suministrada por la solicitante, teniendo en cuenta su complejidad técnica e impacto previsible. Si el Departamento de Innovación, Desarrollo Rural y Turismo considera anormalmente elevados los costes presentados podrá reducir el importe subvencionable del mismo.

Cuantía de las ayudas

Los porcentajes aplicables serán como máximo el 35% de los costes. La subvención máxima por empresa y año será de 40.000 euros. A este porcentaje se aplicarán incrementos adicionales en los siguientes casos:
a) Empresas cuyo capital pertenezca mayoritariamente a mujeres y sean dirigidas por una mujer: la subvención se incrementará en un 5% adicional.
b) Pymes “jóvenes”: la subvención se incrementará en un 5% adicional. (enpresas de menos de 6 años en el momento en que se concede la ayuda).
En cualquier caso, la aplicación del incremento adicional nunca superará la subvención máxima por empresa y año de 45.000 euros.

Forma y plazo de presentación de solicitudes

Cada entidad deberá presentar una sola solictud y para un solo proyecto. En caso de presentar más de una solicitud, el órgano instructor del procedimiento únicamente considerará la presentada en primer lugar.
• En caso de comunidades de bienes, en la solicitud deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro, y deberán nombrar una persona representante con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como persona beneficiaria, corresponden a la comunidad de bienes.
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 15 de mayo de 2014.

Documentacion a presentar

En la solicitud deberá incluirse la siguiente información:


a) Presentación o memoria de la entidad solicitante (máximo 15 páginas), en la que se especifique número de personas en plantilla, facturación, competencias, productos en catálogo más relevantes, certificaciones, y otros datos de interés.

b) Descripción detallada del proyecto a desarrollar (máximo 30 páginas) con indicación de su presupuesto desglosado por conceptos y fases, cronograma previsto, impacto previsible, justificación de su carácter innovador para la entidad, descripción del mercado, objetivos, oportunidades y riesgos, detalle de la funcionalidad, descripción técnica, comercialización…

c) Presupuesto desglosado según modelo en hoja de cálculo accesible en la aplicación que permite realizar las solicitudes.

d) Cuestionario on-line sobre distintos aspectos específicos del proyecto que será accesible desde el formulario online de datos administrativos de la solicitud. (Sepa cuales serán las preguntas)

e) Información necesaria para determinar el tamaño de la entidad: Plantilla, volumen de negocios o balance general anual y, en su caso, participaciones en la entidad y de ésta en otras, según última declaración del IRPF o del Impuesto de Sociedades realizada, según proceda; en su caso número de personas o entidades asociadas a la misma.

f) Declaración responsable (pincha aquí para ver el modelo; también está  accesible a través de la aplicación de solicitudes):
         1º.- De no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria, establecidas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
         2º.- De no vinculación respecto a las empresas proveedoras que, en su caso, intervendrán en el desarrollo del proyecto.
         3º.- De otras subvenciones solicitadas y/o obtenidas para el mismo proyecto.
         4º.- De otras ayudas de minimis recibidas en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores, con objeto de probar que la nueva ayuda de minimis no supera el límite establecido de 200.000 euros.
         5º.- De autorización expresa para que los órganos competentes acrediten que la entidad  solicitante cumple con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de no autorizar, deberá aportar los correspondientes certificados.

g) En el caso de empresas de reciente creación, justificación de la fecha de creación de la empresa.

h) En el caso de las entidades cuyo capital pertenezca mayoritariamente a mujeres y sean dirigidas por una mujer: justificación de la estructura del capital de la empresas (personas socias),y de la persona que asume la gerencia de la misma.

i) En su caso, memoria de las acciones previstas para la gestión de las políticas transversales en el proyecto o la empresa (euskera, igualdad, participación ciudadana, Derechos Humanos, diversidad, medio ambiente)

j) En su caso, acreditaciones de calidad en desarrollo de software, en servicios TI o en seguridad de la información que pudieran tener los participantes en el proyecto.

Acceso a los documentos y/o modelos

Acceso a los documentos y/o modelos

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las presentes subvenciones será el de concurrencia competitiva, mediante convocatoria y procedimiento selectivo único.

Criterios de valoración

1- Proyectos Estratégicos: Hasta 40 puntos.
Se considerarán como tales aquellos que cumplan con alguno de los siguientes requisitos, cada uno de los cuales valdrá 10 puntos:
   • Proyectos relacionados con dispositivos móviles (App’s)
   • Proyectos orientados a la gestión inteligente de los territorios (proyectos “Smart”).
   • Sean promovidos por empresas gestionadas por una mujer y en cuyo accionariado sean mayoría las mujeres.
   • Sean promovidos por empresas “jóvenes”
2- Tipo de proyecto: hasta 40 puntos.
   • Desarrollo de nuevos productos: 40
   • Mejora en productos: 20
   • Mejora en procesos: 10
3- Tamaño de la entidad solicitante: hasta 20 puntos.
   • Menos de 25 personas en plantilla: 20 puntos.
   • 224 personas o más en plantilla: 0 puntos
En las empresas con tamaño intermedio, la puntuación se calculará de forma proporcional, reduciendo la puntuación máxima en 0,1 puntos por cada persona en plantilla.
4- Grado de innovación proyectada e impacto esperable: hasta 40 puntos.
   • Proyecto innovador: hasta 20 puntos
   • Proyecto de gran impacto: hasta 20 puntos
Para determinar el grado de innovación de los proyectos se considerarán tanto los posibles competidores como los ya existentes en los mercados objetivo de los proyectos, además del tamaño de dicho mercado.
El impacto esperable se valorará teniendo en cuenta la capacidad de los proyectos para generar resultados en la organización, el tamaño del mercado alcanzable a corto plazo y el número previsible de usuarios.
5- Gestión de las políticas transversales en el proyecto o en la empresa; tales como euskera, igualdad, participación ciudadana, Derechos Humanos, diversidad y medio ambiente: hasta 10 puntos
   • Incide en 2 o más políticas transversales: 10 puntos.
   • Incide en 1 política transversal: 5 puntos.
6- Calidad de las memorias: hasta 20 puntos, según la claridad y concreción en la descripción del proyecto, objetivos, oportunidades y riesgos, nivel de detalle de la funcionalidad, tecnologías empleadas, cronograma y fases del proyecto, comercialización…
7- Certificaciones de calidad: Obtendrán 10 puntos adicionales los proyectos a realizar por entidades o empresas con alguna de las siguientes certificaciones:
   • Certificaciones de calidad en el desarrollo de software: Nivel 2 o superior de CMMI-DEV v1.2, Nivel 2 o superior de la norma ISO/IEC 15504, ITMark.
   • Certificaciones de gestión de la calidad en servicios TI ISO/IEC 20000
   • Certificaciones de gestión de la seguridad de la información ISO 27001
8- Las aplicaciones que se liberen como Software Libre obtendrán 20 puntos adicionales: en este caso, deberán ser registradas con licencia pública general de GNU para su posible utilización por parte de otras entidades.

Finalización de proyectos y justificación

Las entidades beneficiarias deberán justificar documentalmente la ejecución de los proyectos, con fecha límite del 30 de octubre de 2014.
No obstante, previa justificación de la iniciación del proyecto, podrán solicitar el abono anticipado del 100% de la subvención, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, previa presentación de aval antes del 30 de octubre de 2014. En este caso, el plazo de justificación de la realización del proyecto será el 30 de junio de 2015

En el momento de la justificación, además de otra documentación, en caso de existir gastos subvencionables por importe superior a 18.000 euros en suministros de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, se solicitará documentación acreditativa de la elección realizada entre tres ofertas solicitadas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.

Bases completas y convocatoria

Publicación en Boletín Oficial de Gipuzkoa num 72, 15/4/2014, pág 40

Otra normativa aplicable

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Jesus Maria Eizagirre
943113989
jeizagirre@gipuzkoa.eus

Consultas, quejas y sugerencias

Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.

Aviso legal sobre este sitio web: