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Gipuzko@IKT: Udalak 2012

Plazo de solicitud: Fuera de plazo . Año :2012 | Promoción Económica

Cuantía total de las ayudas: 600.000 €

Subvenciones destinadas a impulsar el desarrollo de la Administración Digital en Ayuntamientos y otras entidades locales del Territorio Histórico de Gipuzkoa. El presente programa está cofinanciado al 50% por la Diputación Foral de Gipuzkoa y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional FEDER del País Vasco 2007-2013.

Plazos a tener en cuenta:

  • Presentación de solicitudes: hasta el 21 de junio de 2012
  • Iniciación de los proyectos: desde el 1 de enero de 2012
  • Justificación 50% del coste: hasta el 12 diciembre de 2012 
  • Justificación 50% restante: hasta el 31 mayo de 2013

Qué entidades pueden solicitar la ayuda:

  • AYUNTAMIENTOS de Gipuzkoa (de forma individual o, en el caso de un proyecto colaborativo, en agrupación con otros ayuntamientos.
  • Agencias de Desarrollo Comarcal o Mancomunidades de Gipuzkoa, siempre y sólo como solicitantes de un proyecto colaborativo en el que concurran un número significativo de ayuntamientos.

Qué se subvenciona:

A) Infraestructuras y conectividad:

  • a.1— Dotación de infraestructuras informáticas básicas, tales como cableado de dependencias, así como cable y/o soluciones inalámbricas para la interconexión de edificios. Sólo podrán ser solicitantes de esta actuación, los municipios con menos de 5.000 habitantes.
  • a.2— Puesta en marcha de infraestructuras destinadas a la mejora del nivel de cobertura o calidad de servicios de telecomunicaciones en zonas de bajo nivel de servicio, así como instalaciones de conectividad wifi, tanto para uso interno de la entidad o de la ciudadanía en general.

B) Soluciones en Software Libre:

  • b.1— Trabajos de migración a plataformas de Código Abierto,  tanto en lo relativo a  Servidores como en paquetes ofimáticos.
  • b.2— Desarrollo y/o adaptación de plataformas y aplicaciones informáticas de gestión en Software Libre, incluyendo su instalación y puesta en funcionamiento. Las aplicaciones que se desarrollen o que estén diseñadas con herramientas de Software Libre deberán ser registradas y liberadas con licencia pública general de GNU  para su posible utilización por parte de otros municipios y entidades.

C) Impulsar la participación ciudadana habilitando canales de comunicación eficientes:

  • c.1— Trabajos de implementación de aplicaciones colaborativas Web 2.0 a través del portal corporativo de la entidad, tales como: foros, sindicación de contenidos, wikis, blogs, encuestas,…
  • c.2— Trabajos para impulsar la presencia de manera eficiente de los ayuntamientos de Gipuzkoa en las redes sociales.

D)  Facilitar el acceso a los datos públicos:

  • d.1— Publicación de documentos de carácter público, tales como actas de sesiones, normativa municipal, planes, proyectos, mapas y planos municipales, guías de servicios, cartas de servicios, otros documentos municipales de interés general y, en especial, todos aquellos determinados por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos; dentro de este apartado se contemplarán igualmente los trabajos informáticos a desarrollar para la emisión en streaming y publicación de actos municipales.
  • d.2— Generación de contenidos multimedia (videoteca, fototeca, hemeroteca,…) destinados a la Web corporativa. En el caso de los vídeos, se incorporarán también a la plataforma corporativa de televisión IP www.gipuzkoa.tv
  • d.·3— Adaptación de contenidos municipales para su utilización desde dispositivos móviles.

No son subvencionables: los equipamientos informáticos (servidores y equipos informáticos), ni los gastos internos del personal de la entidad solicitante que intervengan en el proyecto

Concesión de la ayuda, criterios:

Se analizan todas las solicitudes presentadas y se seleccionan las beneficiarias s/los siguientes criterios:

  • 1— Tipo de proyecto: hasta 30 puntos.
  • 2— Tamaño de la entidad solicitante: hasta 30 puntos.
  • 3— Grado de innovación proyectada, magnitud del proyecto e impacto esperable: hasta 30 puntos.
  • 4— Gestión de las políticas transversales en el proyecto; como euskera, igualdad, participación ciudadana, Derechos Humanos, diversidad y medio ambiente:  hasta 20 puntos

Ver detalle de la puntuación: base 6ª, 6.1, 6.2 y 6.3

Cuantía de la subvención:

Los porcentajes máximos de subvención a conceder serán en función del tamaño del municipio solicitante:

— Población inferior a 5.000 habitantes: 70% de la inversión.

— Entre 5.000 y 20.000 habitantes: 60% de la inversión.

— Entre 20.000 y 50.000 habitantes: 50% de la inversión.

— Superior a 50.000 habitantes: 30% de la inversión.

  • En el caso de proyectos en colaboración, el porcentaje máximo aplicable será el promedio del tamaño de los municipios directamente implicados en el proyecto
  • Si se trata de un proyecto de software libre, estos porcentajes se incrementarán en un 10% adicional.
  • Máximo de subvención anual: 25.000 € por entidad. En el caso de proyectos en colaboración: 60.000 €

Quiénes y cómo presentar la solicitud:

Siempre una solicitud por cada proyecto

En el caso de proyecto individual:

  • El solicitante siempre será un Ayuntamiento
  • Acompañará a la solicitud, la declaración responsable

En el caso de proyecto en colaboración:

Si se presenta por VARIOS AYUNTAMIENTO EN AGRUPACIÓN:

  • El solicitante será un Ayuntamiento en representación de la agrupación
  • Hará constar los compromisos que asume cada ayuntamiento en la ejecución del proyecto en común
  • Y acompañará a la solicitud la declaración responsable (tantas como entidades formen la agrupación)

Si se presenta a través de una AGENCIA DE DESARROLLO COMARCAL o MANCOMUNIDAD :

  • Imprencindible acreditar que el proyecto es impulsado por un número significativo de municipios de la comarca  (al menos el 30% de los municipios o el 40% de la población)
  • El solicitante es la Agencia o la Mancomunidad
  • Se hará constar los compromisos de ejecución que asume cada ayuntamiento
  • En su caso, también los de la Agencia o Mancomunidad
  • Se acompaña a la solicitud, la declaración responsable (tantas como entidades formen la agrupación)

Cómo y cuándo solicitar la ayuda:

Tienes plazo hasta el 21 de junio de 2012

Entra al portal de ayudas www.gipuzkoa.net/subvenciones Busca y selecciona el programa “Gipuzko@IKT: Udalak”. Utiliza el link de la derecha "Haga su solicitud por Internet" y completa los 3 pasos de la solicitud telemática:

  • En el paso 1 Quién hace la solicitud
  • En el paso 2 Documentación que completa su solicitud
  • En el paso 3 Revisión y envío a la Diputación

Qué documentación debes adjuntar en el paso 2:

  • Oferta detallada del trabajo a contratar, o inversión a realizar, especificando presupuesto desglosado, con indicación del número de horas y coste hora aplicado (si fuera el caso), así como el cronograma (doc. obligatorio)
  • Declaración responsable, conforme al modelo que se incluye en el Anexo o en la solicitud telemática de no hallarse incursa en cualquiera de las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria. Tantas declaraciones como sean necesarias (doc. obligatorio)
  • Acreditaciones de calidad del software que pudiera poseer la empresa proveedora, tales como certificaciones nivel 2 o superior de CMMI-DEV v1.2, Nivel 2 o superior de la norma ISO/IEC 15504, ITMark (doc. opcional)
  • En su caso, memoria de las actividades o actuaciones a llevar a cabo en el proyecto para fomentar alguna o varias de las políticas transversales tales como euskera, igualdad, participación ciudadana, Derechos Humanos, diversidad y medio ambientes (doc. opcional)

Cuándo y cómo solicitar el pago de la ayuda:

Las subvenciones se abonarán en 2 pagos:

  • El primer pago del 50% de la subvención: antes del 12 de diciembre de 2012 (previa justificación mediante factura de, al menos, el 50% del coste del proyecto).
  • El segundo pago, 50% restante: a la conclusión del proyecto y antes del 31 de mayo de 2013 (previa justificación del mismo presentando la documentación correspondiente, tal como se  establece en la base 14ª de la normativa del programa).

Documentación justificando el proyecto:

Tras la finalización del proyecto o actividad subvencionada, la entidad beneficiaria deberá presentar una cuenta justificativa. El detalle de la  documentación a justificar en las bases del programa (base 14ª del Anexo I).

Normativa del programa:

Bases reguladoras y convocatoria 2012 del presente programa de ayudas

Para cualquier duda, consúltanos:

Servicio de Promoción de Nuevas Tecnologías de la  Informacióny Comunicación

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Izaskun Nosellas
943113190
inosellas@gipuzkoa.eus

Consultas, quejas y sugerencias

Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.

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