8. Emisoras radiofónicas en lengua vasca de Gipuzkoa.
Plazo de solicitud:
Fuera de plazo
. Año
:2015 |
Igualdad Lingüística
Descripción y conceptos subvencionables
Emisoras radiofónicas en lengua vasca de Gipuzkoa.
Cuantía de las ayudas
30.000 €
Beneficiarias
Entidades y personas jurídicas sin ánimo de lucro titulares de emisoras radiofónicas, que emitan su programación en lengua vasca en el ámbito del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Requisitos
a) Deberán emitir en lengua vasca un mínimo de 6 horas diarias, de producción propia. En dicho cómputo, no se tendrán en cuenta las horas correspondientes a la reposición de programas previamente emitidos, ni a programas cuyo contenido sea la emisión de música.
b) Deberán emitir un 65 % de su programación en lengua vasca.
c) Deberán asegurar su difusión al menos por frecuencia modulada.
d) En caso de que en las emisiones haya contenidos que impliquen a derechos protegidos por las leyes, la entidad solicitante deberá contar con la autorización correspondiente.
Documentación a presentar
• Documento acreditativo de la personalidad (DNI, escrituras de constitución inscritas en el registro correspondiente, certificado emitido por el registro correspondiente, etc.).
• Código de Identificación Fiscal.
• Certificados acreditativos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Declaración responsable de no concurrir en el o la solicitante ninguna causa impeditiva de la condición de beneficiaria.
• Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a su nombre.
• Informe explicativo del proyecto, programa o actividad para el que se solicita la ayuda.
• Informe sobre la inclusión de la perspectiva de igualdad de género.
• Presupuesto detallado de los ingresos y gastos del proyecto, programa o actividad.
Acceso a los documentos y/o modelos
Plazo de presentación de solicitudes
18 marzo 2015
Lugar de presentación de solicitudes
Sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://www.gfaegoitza.net/)
Ver: Decreto Foral 72/2014, de 10 de marzo, por el que se regula la obligación de realizar por medios electrónicos determinados trámites de los expedientes de subvenciones de la Dirección General de Euskera
Plazo de resolución
6 meses
Efectos del silencio administrativo
La solicitud se entiende denegada.
Normativa aplicable
Acuerdo del Consejo de Gobierno Foral, de 17 de febrero de 2015, por el que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de 2015 para la concesión de ayudas en el marco del uso social del euskera