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Smart Mobility Industry: COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL

Plazo de solicitud: En plazo . Fecha límite :2024-06-07 | Promoción Económica

COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL

Presupuesto: 130.496 €

Objetivo: impulsar proyectos de reflexión estratégica, reorientación de negocio, diversificación, transformación digital, análisis de mejora competitiva o de reorganización de cualquiera de los procesos de la empresa: preferentemente aquellos que se referencien con la nueva movilidad (electromovilidad, infraestructura de carga y conducción autónoma).

Podrán presentarse proyectos individuales y en colaboración.

Entidades beneficiarias

a) Las empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa.

b) Entitades sin ánimo de lucro implantadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco y que lideren actuaciones susceptibles de contribuir a los fines del presente programa.

Podrán presentar proyectos individuales o en colaboración. 

Requisitos del proyecto

En el caso de las empresas, se financiará la contratación de consultorías, ingenierías o personas expertas, ajenas a la empresa, que realicen proyectos que se referencien con la nueva movilidad.

En particular, obtendrán una mayor puntuación y porcentaje de ayuda, aquellos trabajos de consultoría y asesoramiento destinados específicamente a la puesta en marcha de las recomendaciones de trabajos previos. 

En el caso de entidades sin ánimo de lucro, los proyectos deben incluir al menos a cuatro empresas que, compartiendo una problemática similar, deseen analizar mejoras organizacionales que les permitan adaptarse o incorporarse a los cambios que se están produciendo en el sector de la automoción derivados de las nuevas formas de propulsión.

Actuaciones objeto de subvención

En el caso de las empresas, serán subvencionables los costes de servicios de asesoramiento y apoyo externo.

En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, serán subvencionables:

a) los costes de personal de la entidad, promotora, en la medida en que estén dedicadas al proyecto.

b) los costes de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.

c) los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales: no podrá superar el 20% del coste del personal interno implicado en el proyecto.

Porcentaje de subvención

En el caso de empresas, la subvención máxima será del 40% de los gastos externos y subcontrataciones.

En el caso de asesoramiento relacionados con la puesta en aplicación de recomendaciones provenientes de trabajos previos de consultoría, los proyectos obtendrán una subvención adicional del 35% en el caso de pequeñas empresas y del 20% en las medianas. 

En el caso de las entidades sin ánimo de lucro la subvención máxima será del 70% de los costes. Si existe un compromiso de colaboración con MUBIL fundazioa, se incrementará en un 10%.

Si la puntuación obtenida supera los 70 puntos, será del 100% de los costes.

Cuantía máxima de subvención

-Proyectos individuales: 25.000 €

-Proyectos en colaboración: 50.000 €

Criterios de valoración

-Perfil de las entidades solicitantes: hasta 30 puntos.

-Características del proyecto: hasta 40 puntos.

-Capacidad tractora del proyecto: hasta 20 puntos.

-Otras: hasta 10 puntos.

Fechas y plazos a considerar

-Presentación de solicitudes: desde el 24 de abril de 2024 al 7 de junio de 2024, ambos inclusive. 
-Plazo de inicio de los proyectos: los proyectos no podrán haberse iniciado con anterioridad a la presentación de la solicitud.
-Plazo máximo final de proyectos y su justificación: 10 de septiembre de 2025.

Régimen Jurídico

Según lo establecido por la Unión Europea, la ayuda total de mínimis concedida a una única empresa no deberá exceder de 300.000 euros en el ejercicio fiscal correspondiente y durante los dos ejercicios fiscales anteriores.

Documentación a presentar

No existe un PDF a rellenar, los formularios web se completarán accediendo desde el expediente y la propia aplicación creará un PDF al finalizar.

Acceso a los documentos y/o modelos

Normativa aplicable

Convocatoria 2024: BOG 78, 23 de abril de 2024.

Bases específicas: BOG 63, 1 de abril de 2022. 

Bases reguladoras: BOG nº 107, 9 de junio de 2020

Para cualquier consulta

• Ángel Martín            angelmartin@gipuzkoa.eus                    
• Eider Sarsaola       esarasola@gipuzkoa.eus             

Para cualquier duda o aclaración consultar con

Eider Sarasola
943112284
esarasola@gipuzkoa.eus

Consultas, quejas y sugerencias

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