Anexo III. Ayudas económicas a para el mantenimiento de la estructura organizativa de entidades asociativas.
Plazo de solicitud:
Fuera de plazo
. Año
:2017 |
Juventud
Objeto
Ayudas económicas para el mantenimiento de la estructura organizativa de las entidades asociativas.
Cuantía de las ayudas
10.000,00 euros
Entidades beneficiarias
Podrán optar a estas ayudas económicas:
* Coordinadoras o federaciones de asociaciones infantiles y/o juveniles y aquellas asociaciones que sin ser propiamente coordinadoras realicen trabajos de coordinación con las asociaciones de tiempo libre juveniles.
También podrán optar a estas ayudas las coordinadoras de colectivos no juveniles siempre que su trabajo lo realicen con personas con algún tipo de discapacidad acreditada.
No podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de las subvenciones las personas físicas o jurídicas cuyos fines, sistema de admisión o acceso, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, por tanto, quedan excluidas de estas ayudas todo tipo de actividad que sea discriminatoria por razón de sexo.
Plazo de presentación de solicitudes
Inicio: 3 de mayo de 2017
Finalización: 29 de mayo de 2017
Plazo de presentación de memorias
Hasta el 15 de octubre de 2017.
Documentación a presentar
REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD:
* Solicitud facilitada a través de la aplicación informática, con la firma electrónica , clave operativa o algún otro medio de acreditación de la identidad válida para la presentación electrónica.
*Copia de la tarjeta de identificación fiscal.
* Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a nombre de la entidad receptora de la ayuda, en caso de que haya cambio con respecto a la información existente en el Departamento de Cultura,Turismo, Juventud y Deporte.
JUSTIFICACIÓN DEL GASTO:
* Memoria de actividades subvencionadas detallando la participación de mujeres y hombres en los órganos directivos (número,sexo,etc...). Indicar expresamente el fomento del uso del euskera y la inclusión de la perspectiva de género en el programa, así como la existencia de un plan de uso del euskera y un plan de igualdad.
* Balance de gasto e ingresos de la asociación correspondiente al año en curso. Los gastos que no puedan ser justificados a fecha 15 de octubre, por ser gastos a realizar con posterioridad a la fecha de entrega de la justificación de la ayuda, podrán justificarse presentando una previsión de los mismos.
* Relación numerada de los recibos de gasto e ingresos diferenciados por conceptos.Según modelo que se adjunta. (Mod.1).
Los gasto relacionados con el personal deberán detallar de forma diferenciada la cantidad correspondiente a la nómina y la aportación por parte de la entidad pagadora a la Seguridad Social. Según modelo que se adjunta. (Mod.2)
En caso del pago al personal a través de pagos puntuales por colaboraciones, deberán detallar el número de recibo correspondiente.
* Justificantes de pago al personal empleado de la entidad beneficiaria mediante boletín de justificación a la Seguridad Social (TC2) y copia de la nómina.
En caso de pago al personal a través de pagos puntuales por colaboraciones, copia del recibo de pago con su correspondiente recibí, en el que se detalle nombre y apellidos, DNI del personal, NIF, nombre y dirección de la entidad pagadora, fecha de recibo, concepto por el que se realiza el pago, importe.
Si no se dispone del recibí por haber realizado el pago a la misma a través de una entidad bancaria, la entidad pagadora deberá presentar el justificante de ingreso de dicha cantidad a través del banco o caja junto con el recibo, detallando en dicho recibo los datos descritos en el apartado anterior.
Acceso a los documentos y/o modelos
Plazo de Resolución
Seis meses a partir de la publicación de la convocatoria anual.
Notificaciones
La resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual y entendiéndose efectuada ésta a todos los efectos legales desde el día siguiente a dicha publicación.
Información sobre la tramitación electrónica
Pinchar en "Acceso a los documentos y/o modelos" del apartado de "Documentación a presentar".
Efectos del Silencio Administrativo
Seis meses, a partir de la publicación de la convocatoria anual.
Información complementaria
TEMAS DERIVADOS DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA:
Asistencia on-line:
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
OTRAS DUDAS SOBRE LA AYUDA:
Centro de Recursos para el Asociacionismo juvenil (CRAJ)
Anoeta 28 (Palacio del Hielo). Donostia- San Sebastián
Teléfono : 900110111
Horario: lunes a viernes: 10:30-14:00; 16:30-21:00
Sábado: 10:30-14:00
elkartegintza@gipuzkoa.eus
uimaz@gipuzkoa.eus
Normativa aplicable
Bases reguladoras generales y específicas de otorgamiento de subvenciones en materia de promoción de la infancia, adolescencia y juventud guipuzcoana, aprobadas en el Consejo de Gobierno Foral, en sesión celebrada el 28 de marzo de 2017 (BOG nº 69 de 7 de abril de 2017).
Convocatoria 2017 de otorgamiento de subvenciones en materia de promoción de la infancia, adolescencia y juventud guipuzcoana, publicada en el BOG nº 82, de 2 de mayo de 2017.