Anexo II. Ayudas económicas a Escuelas de tiempo libre infantil y juvenil para que desarrollen programas anuales.
Plazo de solicitud:
Fuera de plazo
. Año
:2011 |
Juventud
Descripción y conceptos subvencionables
Ayudas económicas a las escuelas de tiempo libre infantil y juvenil que desarrollen programas anuales de formación de los equipos dirigentes de las asociaciones infantiles y juveniles guipuzcoanas.
Entidades beneficiarias
Escuelas de tiempo libre reconocidas oficialmente y que actúen en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Requisitos
- Los programas de formación desarrollados por las escuelas deberán ajustar sus contenidos a lo establecido por el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco en el Decreto 419/1994, de 2 de noviembre.
- El número de horas de que debe constar cada uno de los cursos será, de acuerdo con la normativa citada, de 200 horas para el curso de monitor/a de tiempo libre infantil y juvenil, y de 100 horas para el de director/a de tiempo libre. Este número de horas no incluye las destinadas al servicio de tutorías, período de prácticas o cursos monográficos. En ningún caso podrán contabilizarse más de ocho horas ni menos de una hora y media por día en ninguno de los cursos.
- El número de alumnos/as en cada curso de monitor/a, director/a o monográfico será de un mínimo de diez y un máximo de treinta.
- Los cursos monográficos no podrán ser seguidos por aquellas personas que se encuentren efectuando los de monitor/a o director/a. Los cursos monográficos se referirán exclusivamente a aspectos relacionados con la pedagogía del tiempo libre y tendrán una duración mínima de quince horas.
- El período de prácticas y la memoria final de actividades, obligatorias para la obtención del título deberá contar con la supervisión y aprobación de la escuela correspondiente.
Plazo de presentación de solicitudes
Estará abierto hasta el 29 de abril.
Plazo de presentación de memorias
Estará abierto hasta el 15 de septiembre.
Documentación a presentar
REALIZACIÓN DE LA SOLICITUD:
- Solicitud facilitada a través de la aplicación informática, con el sello y la firma de la persona responsable de la entidad.
- Documento expedido por una entidad bancaria o de ahorro que certifique la titularidad de una cuenta corriente a nombre de la entidad solicitante, en caso de que haya cambio con respecto a la información existente en el Departamento de Política Social.
- Declaración responsable.
JUSTIFICACIÓN DEL GASTO:
- Memoria de los cursos subvencionados.
- Relación numerada de los recibos de gastos e ingresos diferenciados por conceptos subvencionados.
Acceso a los documentos y/o modelos
Plazo de Resolución
El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria, pudiendo ésta posponer sus efectos a una fecha posterior.
Documentación a Recibir
La resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual.
Se procurará informar a las entidades interesadas también mediante alguno o algunos de los siguientes medios: inclusión de la resolución en la página web del Servicio (www.gipuzkoa.net/gazteria) y /o correo electrónico.
Efectos del Silencio Administrativo
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima a las entidades interesadas para entender desestimada la solicitud.
Información complementaria
TEMAS DERIVADOS DE LA APLICACIÓN INFORMÁTICA:
Asistencia on-line:
De lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
OTRAS DUDAS SOBRE LA AYUDA:
Centro de Recursos para el Asociacionismo juvenil (CRAJ)
Anoeta 28 (Palacio del hielo).Donostia-San Sebastián
Teléfono: 900110111
Horario: lunes a viernes: 10:30-14:00; 16:30-21:30
craj@gipuzkoa.net
Normativa aplicable
https://ssl4.gipuzkoa.net/castell/bog/2010/04/20/c1004412.htm
https://ssl4.gipuzkoa.net/castell/bog/2011/03/11/c1102806.htm
Acceso Internet
www.gipuzkoa.net/gazteria