Subvenciones para la realización de proyectos de investigación e innovación en atención social (Anexo III)
Plazo de solicitud:
Fuera de plazo
. Año
:2016 |
Departamento de Políticas Sociales
Descripción y conceptos subvencionables
Ayudas económicas que tienen como objetivo la ejecución de proyectos que promuevan la innovación en la intervención social o en la gestión de entidades y servicios; así como proyectos que ayuden a identificar y dimensionar necesidades sociales no detectadas hasta ahora.
Actuaciones objeto de subvención: Podrán recibir financiación proyectos orientados a:
• Definir y dimensionar, cualitativa y cuantitativamente, necesidades sociales emergentes susceptibles de ser atendidas desde los servicios sociales
• Poner en práctica y evaluar resultados de formas de intervención social novedosas con personas, familias y colectivos.
• Poner en práctica y evaluar nuevas formas de gestión y coordinación de proyectos y entidades que trabajen en el campo de los servicios sociales.
Cuantía máxima de la subvención: 5.000 euros por entidad
Entidades beneficiarias
Las entidades privadas sin ánimo de lucro, siempre que el ámbito de actuación del proyecto sea el Territorio Histórico de Gipuzkoa
Requisitos
a) Tratarse de entidades privadas sin ánimo de lucro, debidamente constituidas.
b) No estar afectadas por ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
c) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos del programa.
d) Haber justificado suficientemente y en los plazos previstos los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas con anterioridad desde el Departamento de Política Social.
e) Tratarse de entidades que tengan como fin la intervención con las personas, grupos o colectivos definidos en la base general 1ª, incluyendo dentro de este campo a las que trabajan en la sensibilización y en la prevención.
Quedan expresamente excluidas de acceder a estas ayudas:
a) Las entidades que dependan del Estado, de la Administración de la Co¬munidad Autónoma, de las corporaciones locales y de entidades de ahorro.
b) Las entidades que establezcan limitaciones a la libertad de ingreso y participación.
c) Las entidades cuyos fines, sistema de admisión, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Plazo de presentación de solicitudes
Del 23 de febrero al 6 de abril (ambos inclusive)
Únicamente podrá presentarse una solicitud por cada línea de subvención. No obstante, cada solicitud podrá incluir la realización de uno o varios programas, hasta un máximo de cuatro.
Documentación a presentar
La presentación de la documentación se realizará cumplimentando los formularios existentes en el Portal de Subvenciones de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://www.gfaegoitza.net).
Acceso a los documentos y/o modelos
Plazo de Resolución
Máximo de 6 meses
Documentación a Recibir
La resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual
Efectos del Silencio Administrativo
Desestimatorio
Normativa aplicable
Bases reguladoras y convocatoria de ayudas a la iniciativa social del Departamento de Política Social, para el año 2015. BOG nº 30 de 16de febrero de 2015
Observaciones
Acceso Internet
www.gipuzkoa.net/DFG/index-c.html