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Subvenciones para la adquisición de equipamiento (Anexo IV)

Plazo de solicitud: Fuera de plazo . Año :2016 | Políticas Sociales

Descripción y conceptos subvencionables

Ayudas económicas a entidades de carácter social para la adquisición de equipamiento que permita facilitar la labor desarrollada, dentro del ámbito de aplicación definido en la base general 1ª.

 

Podrá recibir financiación la adquisición del siguiente material:

 

- Material informático.
- Material audiovisual.
- Mobiliario.
- Otro equipamiento de carácter técnico.

 

Cuantía máxima de la subvención:

- Ordenador portátil (software incluido): 800 euros. En los casos en los que se justifique que se precisa de un software especial este límite se ampliará hasta 1.000 euros.
- Impresora: 600 euros.
- Equipo de sobremesa (software incluido): 800 euros. En los casos en los que se justifique que se precisa de un software especial este límite se ampliará hasta 1.000 euros.
- Otro material técnico: 1.000 euros.

Las subvenciones otorgadas no podrán superar el importe máximo de 3.000,00 euros por entidad beneficiaria.

Entidades beneficiarias

Las entidades privadas sin ánimo de lucro, siempre que el ámbito de actuación del proyecto sea el Territorio Histórico de Gipuzkoa

Requisitos

a) Tratarse de entidades privadas sin ánimo de lucro, debidamente constituidas.


b) No estar afectadas por ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.


c) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos del programa.


d) Haber justificado suficientemente y en los plazos previstos los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas con anterioridad desde el Departamento de Política Social.


Quedan expresamente excluidas de acceder a estas ayudas:


a)  Las entidades que dependan del Estado, de la Administración de la Co¬munidad Autónoma, de las corporaciones locales y de entidades de ahorro.


b)  Las entidades que establezcan limitaciones a la libertad de ingreso y participación.


c) Las entidades cuyos fines, sistema de admisión, funcionamiento, trayectoria o actuación sean contrarios al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.


d) Las entidades que tienen suscrito un convenio de colaboración con el Departamento de Política Social.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Del 23 de febrero al 6 de abril (ambos inclusive).

 

Únicamente podrá presentarse una solicitud por cada línea de subvención. No obstante, cada solicitud podrá incluir la realización de uno o varios programas.

Documentación a presentar

La presentación de la documentación se realizará cumplimentando los formularios existentes en el Portal de Subvenciones de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://www.gfaegoitza.net).

Acceso a los documentos y/o modelos

Plazo de Resolución

Máximo de 6 meses

Documentación a Recibir

La resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual

Efectos del Silencio Administrativo

Desestimatorio

Normativa aplicable

Bases reguladoras y convocatoria de ayudas a la iniciativa social del Departamento de Política Social, para el año 2013. BOG nº 47 de 8 de marzo de 2013

Observaciones

Acceso Internet

www.gipuzkoa.net/DFG/index-c.html

Para cualquier duda o aclaración consultar con

HERNANDEZ IRURZUN, Rafael

SubvencionesIniciativaPS@gipuzkoa.eus

Consultas, quejas y sugerencias

Establezca contacto con cualquier departamento de la Diputación Foral y formule una consulta.

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