Ayuda
El objetivo del buscador de actividades es el siguiente: proponer el epígrafe correspondiente a la actividad ejercida entre las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
Para ello, el contribuyente deberá elegir entre las diferentes secciones de las tarifas del impuesto; es decir, entre las actividades empresariales, profesionales y artísticas. También es posible seleccionar todas las secciones.
Las diferencias entre las secciones son las siguientes:
¿Qué es una actividad empresarial?
Tienen esta consideración las clasificadas en la Sección 1ª de las tarifas, si la actividad, se ejerce en una organización (academia, clínica, etc.).
Se considera empresario persona física cuando la actividad se ejerza no como una manifestación de la capacidad personal, sino como consecuencia de la puesta al servicio de la actividad de una organización empresarial, desvinculada formalmente de la personalidad profesional intrínseca del profesional.
¿Qué es una actividad profesional?
Tienen esta consideración las clasificadas en la Sección 2ª de las tarifas, siempre que se ejerzan por personas físicas y se realice directa y personalmente la actividad.
Se considera profesional, quien actuando por cuenta propia desarrolle personalmente la actividad de que se trate.
¿Qué es una actividad artística?
Tienen esta consideración las clasificadas en la Sección 3ª de las tarifas, y son las relacionadas con el arte y los deportes.
¿Cómo seleccionar más de un epígrafe?
El buscador puede proponer más de un epígrafe según la actividad descrita. En ese caso, entre los epígrafes propuestos deberá clicar el botón
Información visualizada:
- Sección y epígrafe de la actividad
- Descripción de la actividad: Nomenclatura del epígrafe y las actividades principales para las que faculta
- Faculta también para: Otras actividades que permite el epígrafe
Notas
- El acrónimo N.C.O.P significa “no clasificadas en otras partes” En estos epígrafes se clasificarán las actividades empresariales, profesionales y artísticas no especificadas en las tarifas.
- El comercio al por mayor faculta a realizar el comercio minorista siempre que se realice desde el mismo local
- Los epígrafes de fabricación (divisiones tres y cuatro de la sección primera) facultan para la venta al por menor y al por mayor de los productos fabricados, siempre que se realice desde el mismo local